Inscripción de unión convivencial
Es la unión de dos personas que no se casan, pero conviven y comparten un proyecto de vida en común.
A través de este trámite se realiza la inscripción del acta en los libros habilitados a tal efecto de unión convivencial.
¿Quién puede realizar el trámite?
- Convivientes
Requisitos y aclaraciones
Requisitos y documentos que se deben presentar:
- Ser mayor de 18 años;
- Ambos convivientes deben tener el mismo domicilio en la Declaración Jurada de unión convivencial
- Fotocopia del DNI de ambos convivientes con domicilio en la localidad donde realizaran la inscripción de la unión convivencial;
- Acta de Nacimiento certificadas y actualizadas con no más de 6 meses, antes de la presentación de este trámite de ambos convivientes. Si el acta de nacimiento de uno o ambos corresponde al mismo registro donde se realizará este trámite, el mismo registro las incorpora al legajo sin costo;
- Fotocopia de DNI de dos testigos mayores de 18 años.
Es importante que:
- Si alguno de los convivientes es viudo: deberán presentar acta de defunción del conyugue fallecido.
- Si alguno de los convivientes es divorciado: deberán presentar Acta de matrimonio con marginal de divorcio de la pareja anterior actualizado con no más de 6 meses, antes de la presentación de este trámite.
Costos del trámite
- El tramite tiene un costo que debe ser abonado en la Dirección General de Rentas.
Finalización del trámite
- El acta se retira por la Delegación que corresponda en el día de realizarse la inscripción.
- Si la inscripción se solicita online, se remite al mail informado.
Solicitud de turno
- Presencial con turno, que se puede solicitar a través de DINO.