Requisitos para constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada
- Original y dos copias del contrato constitutivo. Si fuere por instrumento privado, las firmas deben encontrarse certificadas por escribano público y abonado el correspondiente impuesto a los sellos.
- Fijar la sede social.
- Proyecto de edicto conforme al art. 10 Ley N°19.550.
- Aporte de capital:
– En dinero en efectivo: se acreditará mediante boleta de depósito especial, en el Banco del Chubut S.A.
– Si se integra mediante aporte de bienes deberá ajustarse a lo establecido en la Resolución N°202/19 IGJ (el capital debe ser adecuado al objeto social establecido).
- Declaración jurada con firma certificada de no estar comprendido en las previsiones del art. 238 de la Ley N°24.522.
- Declaración jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente y Certificado de libre deuda expedido por el Registro Provincial de Deudores Alimentarios para fundadores e integrantes de los órganos sociales.
- Declaración jurada sobre la existencia de beneficiario/s final/es.
La presentación debe ajustarse a las formalidades de la Resolución N°202/19 IGJ.